Por qué no deberías ignorar lo que se dice sobre las nuevas zonas francas en Panamá.

Si estás leyendo este artículo seguramente has oído el término «Zona Franca», podríamos decir que se usa para definir a aquellos territorios que, aunque forman parte del país, están “separados” puesto que se encuentran bajo un régimen especial que desea promover la inversión y el desarrollo tanto económico como tecnológico, cultural y social de la nación.

El régimen de Zonas Francas en Panamá data desde la Ley 32 de 2011, es un régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de empresas que contribuyan al desarrollo en Panamá y que establecen un conjunto de beneficios fiscales, migratorios y laborales a las empresas que ahí operan.

Esta Ley promueve con beneficios fiscales a empresas manufactureras, de ensamblaje, de procesamiento de productos terminados o semielaborados que impliquen un valor agregado local, empresas de servicios, empresas de alta tecnología, centro de educación superior, centro especializado para la prestación de servicios de salud, centros de investigación científica, empresas de servicios logísticos, empresas de servicios ambientales y empresas de servicios generales.

Recientemente el gobierno anunció el establecimiento de cinco (5) nuevas zonas francas con una inversión inicial total de 21.1 millones de dólares, la creación de 3,620 empleos directos y 8,410 indirectos.

Estas zonas francas a saber estarán ubicadas en:

1. Juan Diaz se desarrollará un centro de almacenamiento de mercancías, actividades logísticas y manufactura.

3. En Pacora se promoverá un Cluster de producción agrícola.

2. En el Puerto de Coquira, Distrito de Chepo, se pretende desarrollar Agroindustria y Astillero.

3. En Cabras de Pesé, Procesamiento de frutas, productos fertilizantes, producción de licores entre otras.

4. En Quebrada Grande de Chiriquí, un área comercio internacional hacia Centroamérica.

Toda actividad, operación, transacción, trámite y transferencia de bienes muebles e inmuebles, compra de equipo y materiales de construcción materias primas, maquinarias, herramientas, accesorios, insumos y todo bien o servicio requerido para sus operaciones que realicen las empresas establecidas dentro de estas zonas francas y las otras que ya existen en Panamá, estarán exoneradas de TODO impuesto directo e indirecto, contribuciones, tasas, derechos y gravámenes nacionales con excepción del impuesto de inmueble.

Las empresas ubicadas dentro de la zona franca con excepción de lo dispuesto anteriormente si pagan:

1. Impuesto sobre la renta e impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios sobre las operaciones locales de arrendamientos y subarriendos.

2. El impuesto de dividendos al 5% independientemente de la fuente de origen y el 2% de impuesto complementario en caso de que no haya distribución de utilidades.

3. Impuesto anual que será el 1% del capital de las empresas, con un mínimo de cien balboas (o dólares americanos) y hasta un máximo de 50,000.00

4. Impuesto selectivo al consumo de ciertos bienes y servicios.

5. FECI, salvo en los préstamos garantizados con depósitos bancarios.

6. Las contribuciones derivadas de las relaciones laborales con sus empleados.

En conclusión ser parte de una Zona Franca como empresa en Panamá conlleva interesantes ventajas:

  1. Residencia fiscal de la empresa: Cualquier empresa en una zona franca de Panamá será considerada como una empresa operativa debido a sus actividades y, por lo tanto, se tomará como residente fiscal de Panamá. Gracias a esto, la compañía solamente tendrá que reportar al país según el CRS (Common Reporting Standard).
  2. Cero impuestos: Una compañía en zona franca paga cero impuestos sobre la importación de bienes, servicios o tecnologías que están destinadas a la exportación. Ello significa que usted puede almacenar bienes y tecnologías (tangibles o intangibles) en espera de un destino definitivo, el cual bien puede ser América Latina o el resto del mundo. Incluso existe la posibilidad de ensamblar productos con partes importadas, estos serían considerados como fabricados en Panamá y así podrá gozar de tratado comerciales entre Panamá y sus vecinos.
  3. Desarrollo tecnológico: Además de la importación de bienes, las zonas francas son áreas en las que se desarrollan tecnologías de primera calidad. Tales avances no se limitan solo a la tecnología de vanguardia: también se busca innovar en la creación de nuevas empresas, instalaciones educativas y mejoras en el manejo de criptoactivos.
  4. Asequible: Una sociedad o entidad panameña (SA, sociedad anónima) puede solicitar una licencia de zona franca cuando lo desee por un costo razonable y económico. Tan solo tendrá que registrar sus actividades en la zona franca específica y contar con personal y una oficina en el sitio. En algunos casos, es posible trasladar a toda una empresa y sus trabajadores a la zona franca. Tal transacción incluye la obtención de regímenes laborales beneficiosos y visados para los trabajadores.
  5. Visa de inversionista: Al establecer una empresa en Panamá o en alguna de sus zonas francas y depositar al menos 160.000 USD como capital de financiación, usted se convertirá en candidato para una visa de inversionista de negocios. Otro requisito fundamental es que usted cuente con la licencia de negocio comercial apropiada, genere empleo para al menos cinco empleados y esté en la capacidad de pagarles salario mínimo y pueda registrarlos en el seguro social. Tal visa le otorgará el beneficio de tener una residencia temporal en Panamá por dos años, la cual puede renovarse tres veces para luego convertirse en residente permanente.

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