No residentes o Turistas.
Es el extranjero que ingresa ocasionalmente en el territorio nacional que no tiene ánimo de establecer su residencia en éste ni de abandonar su residencia de origen mientras se encuentra en Panamá, y que debe contar con recursos económicos propios y adecuados para mantenerse mientras dure su permanencia y salir del país al expirar el período autorizado.
- Visa de Turista
- Extensión para pasajeros o tripulantes en tránsito
- Visa de marinos
- Visa de trabajadores de espectáculos
- Visa de transeúnte o trabajador eventual
- Visa de trabajador doméstico
- Visa de corta estancia
- Por negocios
- Para visitar familiares
- De investigadores y científicos
- Por tratamiento médico
- En calidad de comerciante e inversionista por leyes especiales (Ley 25 de 1992)
- Para asistencia humanitaria
- Para el sector bancario
- Para participar en eventos deportivos
- Subcategorías específicas:
- Para extranjeros de nacionalidad cubana que viajan en tránsito hacia Ecuador.
- Para estadía eventual para nacionales de los Estados Unidos de América.
- Para extranjeros de nacionalidad haitiana que viajen por Panamá hacia otro destino.
- Como trabajador remoto.