Residencias temporales en Panamá.

Es el extranjero o sus dependientes que ingresan al territorio nacional por razones laborales, de políticas especiales, de educación, de cultura, religiosas, humanitarias y de reagrupación familiar y otras subcategorías, por un período de hasta seis (6) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios establezcan períodos distintos.

Nota: Las visas temporales con este simbolo acceden a los requisitos para Permiso de Trabajo.

Razones Laborales:

  1. Extranjero contratado por el Gobierno Nacional o entidades Autónomas o Semiautónomas.
  2. Extranjero contratado por empresas bajo contrato con el Gobierno.
  3. Extranjero contratado como Ejecutivo en empresas de la Zona Libre de Colón.    
  4. Extranjero Remunerado desde el Exterior que no posean Estatus Diplomático.
  5. Personal contratado como corresponsal de prensa escrita, radial o televisiva internacional y remunerada en el exterior.
  6. Extranjero contratado por empresas en virtud del Acuerdo de Marrakech.    
  7. En calidad de Profesional del Deporte.

Razones de Inversión:

  1. Inversionista Agrario.
  2. Inversionista Forestal.

Políticas Especiales:

  1. Extranjero contratado por empresas de la industria Cinematográficas y Audiovisual.
  2. Investigador de la Fundación Ciudad del Saber.
  3. Docente de la Fundación Ciudad del Saber.
  4. Empresario o Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber.
  5. Técnico de la Fundación Ciudad del Saber.
  6. Estudiante de la Fundación Ciudad del Saber.
  7. Extranjero Contratado por la Autoridad del Canal de Panamá.
  8. Empleado de Subcontratista de Empresa bajo contrato con la ACP.
  9. Trabajador del Área Panamá - Pacifico a favor de extranjeros contratados por empresas del Área Panamá - Pacifico, el desarrollador, el operador o la agencia, para laborar como personal especializado en aspectos técnicos y/o en asuntos propios de la gestión administrativa, en un porcentaje que exceda del quince por ciento (15%) de los trabajadores ordinario.
  10. Trabajadores del Área Panamá - Pacífico a favor de extranjeros que laboren al servicio de empresas que tengan menos de diez trabajadores.
  11. Trabajador contratado en puesto de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas dentro de zonas francas.
  12. Trabajador contratado en puestos de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas de centro de llamadas de uso comercial para exportación "Call Center".
  13. Permiso de personal contratado como ejecutivo de compañias internacionales cuyas funciones surten efectos en el extranjero.
  14. Trabajador contratado por sede de empresas multinacionales.

Razones de Educación:

  1. Permiso Temporal por Razones de Educación.
  2. Residente Temporal en calidad de participante de programas educativos de entidades sin fines de lucro aprobada por el Ministerio de Educación.

Razones Religiosas:

  1. En calidad de misionero Laico al servicio de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
  2. En calidad de estudiante para ser religioso de la Iglesia Católica y Ortodoxa.

Reagrupación Familiar:

  1. Permiso de Residente Temporal por Reagrupación Familiar

Áreas de Práctica
   Litigio y Arbitraje
   Inmigración y Permisos de Trabajo
   Sociedades Anónimas
   Fundaciones de Interés Privado
   Derecho Laboral y Empresarial
   Bienes Raíces y Seguros
Dirección
  P.H. El Conquistador, Calle 45E, Bella Vista, Ciudad de Panamá | Oliver Rodríguez - Abogado

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